Ayudas para alumnos universitarios con discapacidad 2010-2011

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Ayudas para alumnos universitarios con discapacidad 2010-2011

Descripción:

Fomento al desarrollo de los estudios universitarios de los alumnos con discapacidad igual o superior al 33% en condiciones económicas de independencia.

Requisitos:
1. Tener una minusvalía legalmente reconocida igual o superior al 33%.
2. Estar matriculado en una universidad de la Comunidad de Madrid y centros adscritos a la mismas cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid.


Unidad Gestora

  • Discapacidad e Integración

Organismo Convocante

  • Comunidad de Madrid

Finalidad

  • Estudio

Destinatarios

  • Discapacidad

Más Información:

ORDEN 2287/2011, de 6 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a alumnos universitarios con discapacidad y por la que se convocan las ayudas para el curso 2010-2011 (BOCAM Nº 148, de 24 de junio de 2011)

Artículo 3
Objeto y cuantía de las ayudas
1. Las ayudas reguladas mediante la presente Orden tienen por objeto fomentar y facilitar el desarrollo de los estudios universitarios de los alumnos con discapacidad igual o superior al 33 por 100 en condiciones económicas de independencia, a cuyo fin, los beneficiarios podrán destinar libremente los fondos concedidos a costear su propio mantenimiento.
2. La cuantía de la ayuda dependerá del grado reconocido de minusvalía del solicitante, conforme a los siguientes tramos:
a) Grado de minusvalía superior o igual al 33 por 100 e inferior o igual al 49 por 100: La cuantía de la ayuda será de 600 euros.
b) Grado de minusvalía superior o igual al 50 por 100 e inferior o igual al 70 por 100: La cuantía de la ayuda será de 750 euros.
c) Grado de minusvalía superior al 70 por 100: La cuantía de la ayuda será de 900 euros.
Artículo 4
Enseñanzas comprendidas
1. Podrán acogerse a las presentes ayudas los alumnos matriculados en alguna de las siguientes enseñanzas:
a) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
b) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
c) Complementos de formación para acceso al Máster, Grado o para proseguir estudios oficiales de licenciatura.
2. Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta Orden las ayudas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización o títulos propios de las universidades.


Fecha Convocatoria:

24/06/2011

Datos de la convocatoria:


Fecha Inicio Solicitud:

25/06/2011

Fecha Fin Solicitud:

12/07/2011