Defensor Universitario de la Universidad de Alcalá (Madrid)

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Naturaleza y competencias

El Defensor Universitario de la Universidad de Alcalá es, según el artículo 240 de los Estatutos de la Universidad, el órgano unipersonal, elegido por el Claustro Universitario, encargado de velar por el respeto a los derechos y libertades de todos los miembros de la comunidad universitaria, ante las actuaciones de los órganos y servicios de la misma, con el fin de evitar situaciones de discriminación, indefensión o arbitrariedad.

El objetivo primordial de la actuación del Defensor Universitario es la mejora de la calidad de la prestación del servicio público de enseñanza e investigación, ofrecido por la Universidad a la sociedad.

Corresponden al Defensor Universitario las competencias recogidas en el Artículo 243 de los Estatutos de la Universidad de Alcalá.
Las actuaciones del Defensor Universitario no están sometidas a mandato imperativo de ninguna instancia universitaria y se rigen por los principios de independencia y autonomía, estando dirigidas a conseguir la mejora de la calidad de la institución, mediante el cumplimiento de la legislación universitaria y, en especial, de los Estatutos de la Universidad de Alcalá.

Las decisiones e informes del Defensor no tendrán carácter vinculante ni serán de obligado cumplimiento y, por su naturaleza de recomendaciones, no serán susceptibles de recurso alguno.

Las tareas que realice el Defensor Universitario en el desempeño de sus funciones tienen carácter confidencial y están sujetas a reserva por parte de todos los componentes de la oficina del Defensor, y de todas las personas u órganos que sean parte de la actuación.

La información recibida en el curso de las actuaciones llevadas a cabo por el Defensor Universitario estará sometida al deber de secreto, sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes sobre la denuncia de hechos delictivos, o en la legislación sobre régimen disciplinario de los empleados públicos.

  

Defensor Universitario

Dr. D. JUAN SOLIVERI DE CARRANZA

Dr. D. JUAN SOLIVERI DE CARRANZACatedrático de Universidad del Departamento de Biomedicina y Biotecnología de la Universidad de Alcalá

Defensor Universitario (elegido por el Claustro Universitario el 21 de noviembre de 2022).

Licenciado y doctorado en Ciencias (Biología) por la Universidad de Alcalá (UAH), inicia su carrera docente en la UAH en el año 1984, donde actualmente es Catedrático de Microbiología. Tiene reconocidos por la UAH seis quinquenios de docencia, cinco sexenios de investigación y uno de transferencia.
Su experiencia en Gestión Universitaria ha sido ininterrumpida durante los últimos 25 años, iniciándose como Subdirector del Dpto. de Microbiología y Parasitología y continuando como Director del Dpto. de Microbiología y Parasitología, Director del Dpto. de Biomedicina y Biotecnología, y Director del Centro de Apoyo a la Investigación (CAI) Medicina-Biología de la UAH. Entre otras actividades de gestión en la UAH cabe también destacar, entre otros, que ha sido miembro del Claustro, del Consejo de Gobierno, de las Juntas de Facultad de Ciencias, Farmacia y Medicina y Ciencias de la Salud, del Comité de Seguridad y Salud, del Comité de Ética de la Investigación y de Experimentación Animal, del Órgano Habilitado para la Evaluación de Proyectos con Animales de la UAH y de la Comisión de Reclamaciones de la Universidad.

Órgano de Participación y Asesoramiento del Defensor Universitario

Composición

Adjuntos Defensor Universitario

Acude al Defensor

Cuándo

Acuda al Defensor Universitario cuando entienda que se han vulnerado sus derechos y libertades creando una situación de discriminación, indefensión o arbitrariedad.

El Defensor Universitario actúa a instancia del interesado los asuntos que, básicamente, se incluyen en los siguientes tipos:

  • Consulta. Asesoramiento e información al interesado sobre sus derechos, las normas aplicables y las vías de solución existentes para los asuntos que plantee.
  • Queja o reclamación. Cualquier tipo de reclamación por el mal funcionamiento de determinados servicios, por el comportamiento de otros miembros de la comunidad universitaria, por actuaciones que perjudiquen los intereses de las personas afectadas o por cualquier otro motivo razonable.
  • Mediación o arbitraje. Actuación de arbitraje solicitada voluntariamente por las dos partes en conflicto, que se comprometen a acatar el laudo emitido.

Dónde

La Oficina del Defensor está en la planta baja del edificio del Rectorado. Plaza de San Diego, s/n 28801 Alcalá de Henares.

 

Cómo

 Puede dirigirse al Defensor Universitario utilizando cualquiera de las siguientes modalidades:

  • Personalmente, dirigiéndose a la Oficina (previa solicitud de cita).
  • Por teléfono: 91 885 41 78
  • Por fax: 91 885 64 99
  • Por correo postal, dirigido a la Oficina del Defensor Universitario.
  • Por correo electrónico:
  • Mediante formulario web

 En cualquiera de los casos, para que el Defensor Universitario pueda realizar debidamente su cometido, es necesario que el interesado aporte los siguientes datos:

  • Apellidos y nombre.
  • DNI / pasaporte / tarjeta residente.
  • Dirección, teléfono y e-mail de contacto.
  • Colectivo Universitario al que pertenece: Estudiante, PAS, PDI u otros.
  • Exposición clara y escueta de los motivos por los que acude al Defensor Universitario.

Qué

Las actuaciones que realiza el Defensor Universitario se tramitarán siguiendo los procedimientos indicados a continuación:

Ha de tener en cuenta que el Defensor Universitario no tramitará (Art. 18 del Reglamento del Defensor Universitario):

  • Las consultas, quejas o reclamaciones anónimas.
  • Las consultas, quejas o reclamaciones que no estén suficientemente fundamentadas.
  • Las peticiones sobre asuntos pendientes de resolución judicial o expediente administrativo, sin perjuicio de que se investiguen los problemas generales planteados en ellas y se emitan las recomendaciones genéricas pertinentes.

Quién

Puede acudir al Defensor Universitario cualquier miembro de la Comunidad Universitaria o usuario de los servicios de la Universidad y entes dependientes, entre los que se encuentran los siguientes colectivos:

  • Estudiantes de la Universidad de Alcalá matriculados en cualquiera de sus Estudios Oficiales, Estudios Propios u Otros Estudios.
  • Becarios de Investigación.
  • Personal de Administración y Servicios (PAS) funcionario o contratado laboral.
  • Personal Docente e Investigador (PDI) funcionario, de los diferentes cuerpos docentes, o contratado.
  • Usuarios de los servicios de la Universidad.
  • Usuarios de Entes dependientes de la Universidad.
  
  

Defensoría Universitaria

Edificio Rectorado (Plaza de San Diego s/n) 28801 Alcalá de Henares - Madrid

Teléfono:91 885 41 78| Fax:91 885 64 99

Correo electrónico:  defensor@uah.es;

Horario de atención al público
Mañanas: de lunes a viernes, de 09:00 h. a 14:00 h.