Noticias

Ir al contenido principal de la página

Requisitos legales para el Voluntariado con Menores

La Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la  Ley 45/2015, de voluntariado establecen la obligación de que se aporten certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales y voluntarios que trabajan en contacto habitual con menores.

El certificado de delitos de naturaleza sexual es un certificado que permite acreditar la carencia de delitos de naturaleza sexual o, en su caso, la existencia de los mismos. Los certificados emitidos por el Registro Central de Delincuentes Sexuales informan de las condenas firmes dictadas por los órganos judiciales que constan anotadas en el Registro en la fecha en que aquellos son expedidos. Por tanto, la información que proporcionan se limita a certificar la información existente en la fecha de su emisión.

 

Recordamos que este certificado es gratuito.

 

Quién puede solicitarlo/presentarlo

Cualquier persona física mayor de edad. En el caso de personas menores de edad, o con la capacidad modificada judicialmente, deberá estar representado por uno de los progenitores o tutor legal.

Las entidades de voluntariado que tengan programas en las que existan actividades que impliquen o lleven consigo el contacto habitual con menores que podrá solicitar de manera conjunta el certificado para las personas voluntarias que participen en los mismos.


Cómo solicitarlo 

La Plataforma Estatal de Voluntariado ha editado un breve manual explicativo http://www.plataformavoluntariado.org/ARCHIVO/documentos/recursos/voluntariado-con-menores.-requisitos-legales-para-las-personas-voluntarias.pdf sobre los requisitos legales para las personas voluntarias que participan en voluntariado con menores.  

 

Si lo tienes claro, puedes descargar el formulario y el procedimiento  aquí.