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La Justicia estima la demanda de CCOO y reconoce el derecho del PDIL no permanente a los sexenios de investigación

Categoría: Secciones sindicales - CCOO

Descripción: Se reconoce el derecho a evaluar la actividad investigadora y a percibir el complemento salarial correspondiente

La sentencia de 28/04/2020 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado la demanda presentada por CCOO contra las universidades públicas de Madrid y reconoce "el derecho del personal docente e investigador no permanente (temporal) de las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid demandadas a someter la actividad investigadora realizada cada seis años a una evaluación y, en caso de superar favorablemente la misma, a percibir, si diera lugar, un complemento por méritos investigadores en los mismos términos que el personal docente e investigador permanente".
CCOO presentó sendas demandas de conflicto colectivo que han conducido, en primera instancia, al reconocimiento de:
¿ La evaluación de los méritos docentes. Reconocido por sentencia 08/10/2018. Esta sentencia no es firme al haber sido recurrida ante el Tribunal Supremo (TS).
¿ La evaluación de la actividad investigadora, que viene a reconocer la actual sentencia 28/04/2020. La investigación se configura como un derecho y un deber de todas las figuras docentes, con independencia de que su relación contractual sea fija o temporal. La sentencia no es firme por la posibilidad de que las Universidades puedan presentar recurso ante el TS.
CCOO mantiene su compromiso de trabajo en defensa de los derechos del personal docente e investigador y buscará la defensa de los derechos del colectivo y el cumplimiento de la legalidad.
Toda la información a través del enlace a Comisiones Informa nº 34

Fecha Inicio: 11-06-2020

Fecha Fin: 11-07-2020

Universidad de Alcalá

Fichero Adjunto: