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Se considera autor a la persona natural que crea una obra literaria, artística o científica, y que aparece como tal en la obra.
En algunos casos previstos por la ley, las personas jurídicas pueden tener algunos derechos económicos de propiedad intelectual (por ejemplo en el caso de programas de ordenador, bases de datos, obras colectivas).
En el caso de una obra anónima la autoría es de quien la saque a la luz por primera vez, hasta que aparezca el autor. En las obras en colaboración, los derechos corresponden a todos ellos en la proporción que decidan. Y en el caso de obras colectivas, los derechos corresponden a quien la edite.
Pza. San Diego, s/n
28801 - Alcalá de Henares (Madrid)
España
Información: +34 91 885 50 00 info@uah.es
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