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Sí, es obligatorio depositar los resultados de los proyectos de investigación subvencionados con fondos públicos en los repositorios institucionales según indica:
A nivel nacional, la Ley 17/2022, del 5 de septiembre de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, “37.2. El personal de investigación del sector público o cuya actividad investigadora esté financiada mayoritariamente con fondos públicos y que opte por diseminar sus resultados de investigación en publicaciones científicas, deberá depositar una copia de la versión final aceptada para publicación y los datos asociados a las mismas en repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, de forma simultánea a la fecha de publicación.
La Estrategia Nacional de Ciencia Abierta (ENCA), 2023-2027 contempla una serie de medidas para fortalecer la calidad, la transparencia y la reproducibilidad de la actividad científica en España, dando cumplimiento y desarrollando la nueva Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que en su Artículo 12. Fomento de la Ciencia Abierta y Ciencia Ciudadana, afianza el mandato de depósito en abierto a los resultados de investigación en el ámbito universitario y sitúa a los repositorios institucionales como elementos centrales para su cumplimiento.
A nivel autonómico, los proyectos subvencionados por la Comunidad de Madrid Orden de 2017 de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan las ayudas a programas de I+D.
A nivel europeo, la Comisión Europea obliga a publicar en abierto los resultado de los proyectos de Horizonte Europa, con el fin de proporcionar el acceso abierto a la investigación.