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Seguro escolar

De acuerdo con la legislación vigente deberán abonar la cuota correspondiente al Seguro Escolar todos los alumnos, con excepción, de los siguientes:

  • Los alumnos que tengan 28 años a fecha del comienzo del curso académico.
  • Los alumnos que ya lo hayan abonado en otro Centro de enseñanza oficial.
  • Los alumnos extranjeros con residencia legal en España, están protegidos por el seguro escolar, siempre que sean menores de 28 años, en las mismas condiciones que los estudiantes de nacionalidad española.

El seguro escolar protege a los estudiantes incluidos en su ámbito de aplicación de las siguientes contingencias:

  • Accidente Escolar
  • Cirugía General
  • Neuropsiquiatría (Ambulatorio, Internamiento y Hospitalización de Día)
  • Tuberculosis pulmonar y ósea
  • Tocología
  • Infortunio Familiar (Fallecimiento del cabeza de familia)
  • Gastos de sepelio
  • Otras prestaciones de carácter graciable (Fisioterapia, cobaltoterapia, radioterapia, radiumterapia, riñón artificial, Cirugía Maxilo-facial).

El seguro escolar consiste en una serie de prestaciones médicas, farmacéuticas y económicas a que tiene derecho el estudiante asegurado que sufra alguno de los riesgos mencionados en el punto anterior.

Las prestaciones que concede el Seguro Escolar serán incompatibles con cualesquiera otra de idéntico contenido y derivadas de análogo riesgo de que pudieran ser beneficiarios los afiliados a aquél que, simultáneamente, se encuentren dados de alta en un Régimen de la Seguridad Social. En tales casos, las prestaciones se recibirán del Régimen de la Seguridad Social correspondiente, abonando el Seguro Escolar la diferencia en más, si la hubiere.

La pensión de infortunio familiar es compatible con los beneficios de cualquier beca escolar.

Para solicitar las prestaciones del Seguro Escolar, el interesado tiene que dirigir una solicitud a la Dirección Provincial del INSS que corresponda a su domicilio, acompañada, con carácter general, de la siguiente documentación:

  • DNI o pasaporte
  • Resguardo del pago de las cuotas del seguro.
  • Documentos específicos: certificado médico de baja, parte de accidente, justificantes de ruina familiar etc

Para más información:

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