De acuerdo con la legislación vigente deberán abonar la cuota correspondiente al Seguro Escolar todos los alumnos, con excepción, de los siguientes:
El seguro escolar protege a los estudiantes incluidos en su ámbito de aplicación de las siguientes contingencias:
El seguro escolar consiste en una serie de prestaciones médicas, farmacéuticas y económicas a que tiene derecho el estudiante asegurado que sufra alguno de los riesgos mencionados en el punto anterior.
Las prestaciones que concede el Seguro Escolar serán incompatibles con cualesquiera otra de idéntico contenido y derivadas de análogo riesgo de que pudieran ser beneficiarios los afiliados a aquél que, simultáneamente, se encuentren dados de alta en un Régimen de la Seguridad Social. En tales casos, las prestaciones se recibirán del Régimen de la Seguridad Social correspondiente, abonando el Seguro Escolar la diferencia en más, si la hubiere.
La pensión de infortunio familiar es compatible con los beneficios de cualquier beca escolar.
Para solicitar las prestaciones del Seguro Escolar, el interesado tiene que dirigir una solicitud a la Dirección Provincial del INSS que corresponda a su domicilio, acompañada, con carácter general, de la siguiente documentación:
Para más información:
Pza. San Diego, s/n - 28801 Alcalá de Henares (Madrid). Telf.: +34 91 885 40 00
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