El alumno solicitante de beca deberá presentar junto con la matrícula el impreso debidamente cumplimentado y abonará sólo los precios de Secretaría siempre que cumpla los requisitos académicos. En caso de no cumplir los requisitos académicos deberá abonar la totalidad de los precios.
El alumno presentará el carnet y fotocopia del mismo en el momento
de la matrícula. En caso de tener en trámite el título
presentará certificación al efecto, debiendo aportar el
título antes del 31 de diciembre.
Los miembros de Fª Nª de 1ª Categoría, estarán
exentos del pago del 50% de los precios públicos por servicios
académicos y de secretaría, debiendo abonar el importe
integro del Seguro Escolar y el precio del sobre de matrícula.
Los miembros de Fª Nª de 2ª Categoría y de Honor,
estarán exentos del pago de los precios públicos, excepto
lo correspondiente a Seguro Escolar y sobre de matricula.
Matrícula de Honor en COU, en el Bachillerato Logse y Premio
Extraordinario de Bachillerato.
Se tendrá derecho a matrícula gratuita en primer curso,
por una sola vez, en cualquier estudio, abonando exclusivamente los
precios de secretaria, el seguro escolar y el sobre de matrícula.
El alumno que hubiera obtenido matrícula de honor en una o más
asignaturas, disfrutará de matrícula gratuita en tantas
asignaturas del curso siguiente como matrículas de honor hubiera
obtenido. El importe a deducir por matrícula de honor será
la cantidad que resulte de multiplicar el precio de una asignatura en
primera matrícula por el número de matrículas de
honor, teniendo en cuenta que el precio de una asignatura cuatrimestral
es la mitad que el de una asignatura anual.
Si el plan de estudios estuviese estructurado por créditos, la
cantidad a deducir será la que resulte de multiplicar el precio
de un crédito en primera matrícula por el número
de créditos en los que se ha obtenido matrícula de honor
el curso anterior.
En ningún caso se aplicará un número de matrículas
de honor superior al de asignaturas en que se matricula el alumno, ni
el importe total de la deducción podrá superar el importe
total de la matrícula.
Siempre que sean personas no emancipadas y menores de 25 años, tendrán matrícula gratuita en las asignaturas o créditos de los que se matriculen en 1ª matrícula, debiendo abonar el importe de los precios de Secretaría, seguro escolar y sobre de matrícula.
De conformidad con lo previsto en el art. 7 de la Ley 32/1999, de 8
de octubre, están exentos del pago por servicios académicos,
las víctimas de actos terroristas, así como su cónyuge
e hijos.
A estos efectos, los alumnos que se acojan a esta disposición
habrán de acreditar ante la Universidad la resolución
administrativa por la que se les hubiera reconocido la condición
de víctimas del terrorismo.
El personal de la Universidad de Alcalá, sus cónyuges,
e hijos no emancipados podrán solicitar una ayuda para cubrir
el importe de la matrícula en los términos que establece
el Reglamento de Acción Social de la Universidad.
La solicitud debe presentarse en el Servicio de Recursos Humanos y el
resguardo de la misma debe presentarse por el alumno en el momento de
formalizar la matrícula.
Los estudiantes con un grado de discapacidad del 33 % o superior tendrán derecho a la exención total de tasas y precios públicos en los estudios conducentes a la obtención de un título universitario para lo que deberán presentar certificado de minusvalía .En caso de discapacidad sobrevenida se procederá a la devolución de los precios públicos abonados, de acuerdo con los términos establecidos anteriormente.
(Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 22 de julio de 2004)
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